Una tienda de venta de CDs de Barcelona cuenta su caso en internet en http://www.sgaecontratraxtore.com. La tienda en cuestión es una cualquiera de las de España, pero a diferencia de los distribuidores de CDs y hardware mayoristas, es incapaz de hacer frente a un juicio contra la SGAE, y por tanto la SGAE ha visto la forma de «recuperar» sus cuartos en lugar de tener que estar luchando contra los mayoristas…

 

Cronología

  • Agosto 2003 > Llega a mi poder esta circular. No dirigida a mi empresa sino enviada a la de un conocido. Dicho conocido se dedica a la importación y venta al por mayor de artículos para consolas y video juegos. Con lo cual hay que considerar seriamente en que forma se informó a nuestros comercios y que bases de datos utilizaron para anunciar dicho evento, calificado de “LEY”. Decir también que el acuerdo de ASIMELEC, había sido firmado veinte días antes, el 29 de julio del 2003.

 

  • Junio 2004 > Primera comunicación de SGAE a mi empresa. CARTA CERTIFICADA CON ACUSE DE RECIBO, evidentemente ¿han adquirido una nueva base de datos? REPITO 1ª. Firmada por Mª Jesús Raudona, Jefa de Recaudación de Copia Privada solicitándome que ponga a disposición de la compañía DB&BD Auditores-Asesores S.L. la documentación necesaria para llevar a cabo la auditoria. En el documento habla de “operaciones sometidas a renumeración”. No es cierto. Toman nota de todo, tanto de los soportes digitales, cd y dvd´s, como de los mp3 que aun estaban por discutir en aquella fecha, por ejemplo.

 

  • Julio 2004 > La auditoria contratada por SGAE, me hace llegar el listado de documentación que he de ir preparando, tras haber hablado con mi gestora y argumentarle que podían auditarme con orden judicial con sus consiguientes perjuicios.

 

  • Septiembre 2004 > Mi negocio es auditado por la SGAE.

 

  • Mayo 2005 > Recibo carta certificada de SGAE recordándome y advirtiéndome de que si en el plazo de diez días no remito comunicado aceptando la deuda, me lo reclamarán judicialmente.
  • Noviembre 2004 > Recibo el resultado de la auditoria. En donde se me solicita una carta aceptando el pago de las cantidades que me “detallan” en el curioso documento de Excel.
  • Junio 2005 > De forma verbal y posteriormente por correo electrónico se me “otorga” una rebaja. ¿En base a que? La jefa de recaudación me argumentó que dada mi situación personal la cual entendía, me quitaba las cantidades correspondientes a mayoristas que aún estuvieran…¡¡pendientes de auditar!! , es decir, a mi negocio no llegaron siguiendo una “cadena solidaria”  ¡¡ ME TOCO !!.
  •  Junio 2005 > Me proponen la liquidación de la deuda en cómodos plazos. Previa firma de contrato.
  • Agosto 2005 > Nueva carta de SGAE me remiten el contrato que he de aceptar y en donde descubro que ya no nombran a mi empresa sino directamente a mi madre, administradora, el contrato de aceptación de deuda ya no es para Padawan S.L., ¡!Es para mi madre!!

 

  • Enero 2006 > Recibo en mi negocio demanda judicial bajo la forma de Juicio Monitorio con amenaza de embargo. Y un plazo de veinte días para argumentar mi oposición a dicho pago ante el juez.
  • Febrero 2006 > El juez acepta nuestra oposición a pagar y concede a SGAE el plazo de treinta días para pronunciarse. En este tiempo y a pocos días de cumplirse su plazo de treinta días, el abogado de SGAE, contacta con el nuestro para volver a “repactar” la deuda. No hay acuerdo.
  • Marzo 2006 > Recibimos con alegría la noticia de que SGAE no ha presentado su respuesta en el plazo requerido por el juez, quedando nuestra demanda “SOBRESEIDA”
  • Marzo 2006 > A los pocos días llega a la tienda una segunda demanda interpuesta por SGAE, en el mismo juzgado, requiriendo lo mismo, esta vez por Juicio Ordinario.